Seguro de Vida Inversión Capital - Invierte y Protege - Pacífico Corporativo
Invierte con esta opción
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ASESORÍA EXCLUSIVA
SEGURO DE VIDA
INVERSIÓN CAPITAL
Invierte en dólares en mercados extranjeros según tu perfil de riesgo.
Desde
US$ 7,500* o S/27,380 pago único
¿Qué cubre?
Conoce las coberturas del seguro, además de las principales características y beneficios adicionales.
Fallecimiento
Natural o Accidental
Cubre en caso de fallecimiento del cliente por causas naturales o accidentales durante la vigencia de la póliza.
Rápida entrega del dinero a los beneficiarios designados por libre elección. No requiere realizar la declaración de herederos y sucesión intestada.
¿Qué no cubre? (Exclusiones)
Este seguro no cubre el fallecimiento del asegurado si este se produjera como consecuencia de los siguientes casos:
Situación de guerra
Guerra declarada o no declarada (conflicto armado), civil o internacional; servicio y/o actividad militar o policial de cualquier índole, tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra.
Actos delictivos
Participación del Asegurado como sujeto activo de un acto delictivo o tipificado como delito o por aplicación legítima de la pena de muerte.
Actos ilícitos
En los seguros sobre la vida de un tercero, la muerte provocada deliberadamente por un acto ilícito del Contratante.
Actos que desestabilicen el orden público
Actos de guerrilla, rebelión, sedición, motín, terrorismo, huelga o tumulto popular, cuando el Asegurado hubiera participado como elemento activo.
Encontrarse bajo los efectos de alucinógenos
El uso de alucinógenos, estupefacientes o drogas no prescritas.
Acto criminal de beneficiarios
Acto criminal en el que resulte responsable alguno de los beneficiarios, en cuyo caso la Compañía quedará liberada de pagar el beneficio que correspondía al (a los) beneficiario(s) responsable(s). De existir otros beneficiarios designados, no responsables de dicho acto, éstos únicamente percibirán el porcentaje de suma asegurada que les hubiera atribuido el Contratante y/o el Asegurado.
Actos nucleares
Fisión o fusión nuclear o contaminación radiactiva.
Encontrarse bajo estado etílico
Estado etílico del Asegurado, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, salvo cuando el Asegurado hubiere sido sujeto pasivo en el acontecimiento que produjo su deceso.
Autolesiones
Suicidio o por lesiones inferidas al Asegurado por sí mismo, o por terceros con su consentimiento, salvo que hubieran transcurrido dos (2) años completos e ininterrumpidos desde la fecha de contratación del seguro.
Condiciones de las primas
Vida Inversión Capital- Dólares (Asesoría exclusiva): Las primas de los seguros de vida emitidos por compañías de seguro legalmente constituidas en el Perú, están inafectas al IGV siempre que el comprobante de pago sea expedido a personas naturales residentes en el Perú. Precios pactados en Dólares Americanos. El cliente puede pagar en Dólares Americanos o Soles utilizando el tipo de cambio venta establecido por la entidad recaudadora en la fecha de pago, el cual se publica diariamente en las ventanillas de las entidades recaudadoras. Este producto se encuentra exonerado del impuesto a la renta hasta el 31 de diciembre del 2026 de acuerdo al Decreto Supremo N° 179-2004-EF, modificado por el Decreto Legislativo N° 1549. Dicha exoneración se mantendrá vigente en tanto sea renovada. Si no se prorroga la exoneración después de esa fecha, la Compañía retendrá el Impuesto a la Renta que corresponda. El Seguro de Vida Inversión Capital - Dólares es un producto ofrecido por Pacífico Compañía de Seguros y Reaseguros. Código de registro SBS N° VI2007100105. Aplican términos, condiciones, exclusiones y restricciones que podrás revisar en: https://www.pacifico.com.pe/seguros/vida/documentos
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Los ejemplos mostrados son referenciales. Conoce más detalles, aquí.
Condiciones
El Seguro Vida Inversión Capital está registrado con el código SBS N°VI2007100105. Las primas consignadas están inafectas al IGV. Se encuentra exonerado del impuesto a la renta hasta el 31 de diciembre del 2026 de acuerdo con el Decreto Supremo N° 179-2004-EF, modificado por el Decreto Legislativo N° 1549. Dicha exoneración se mantendrá vigente en tanto sea renovada. Si no se prorroga la exoneración después de esa fecha, la Compañía retendrá el Impuesto a la Renta que corresponda. Los rendimientos de los fondos de inversión de nuestros productos de vida inversión varían en el tiempo en función de la rentabilidad de los activos que respaldan los portafolios elegidos por el contratante, no ofreciéndose garantía de rentabilidad o capital.
Los ejemplos mostrados no constituyen testimonios. Los montos de los ejemplos son referenciales y fueron realizados tomando en cuenta el monto de inversión, plazo de contratación, moneda, edad, fondo de inversión, porcentaje de tasa de crecimiento anual y de la comisión por administración de portafolio anual.
La Tasa Interna de Retorno (TIR) es referencial y puede variar según el monto de inversión, plazo, moneda, edad del asegurado y fecha de cotización.
¿Por qué elegirnos?
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establecimientos1
Salud
en Casa2
Exoneración
Impuesto a la Renta3
Libre elección
de beneficiarios4

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Condiciones de las características y beneficios adicionales
(1) Los beneficios del Programa Reconocerte se renuevan periódicamente. Beneficios vigentes del 01 de julio de 2023 al 31 de diciembre de 2023. Próxima renovación: 01 de enero de 2024. Estas promociones, al ser prestadas por terceros, se encuentran sujetas a variación. Por eso, para mantenerte informado(a) de las tarifas y descuentos vigentes de Reconocerte, ingresa a Mi Espacio Pacífico y haz clic en la sección “Beneficios”. La idoneidad, calidad e información de los productos y/o servicios incluidos en las promociones de Reconocerte son responsabilidad del proveedor de dicho producto y/o servicio. Conoce más detalles sobre este beneficio, aquí.
(2) Beneficios disponibles del "Programa Salud en Casa" a través del proveedor ASISTENCIA 365 S.A.C. Servicios de asistencia médica serán atendidos las 24 horas del día, los 365 días del año llamando al número (01) 613 6372. Beneficio sujeto a cobertura y disponibilidad del servicio del proveedor.
Conoce más detalles sobre este beneficio, aquí.
Conoce los términos y condiciones, aquí.
(3) Exoneración del Impuesto a la Renta sobre la rentabilidad. Esta exoneración se viene prorrogando sucesivamente y actualmente está vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 (artículo 19, inciso (f) del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo N° 179-2004-EF y modificado por la Ley N° 31106). Si no se prorroga la exoneración después de esa fecha, la Compañía retendrá el Impuesto a la Renta que corresponda.
(4) La libre elección de beneficiarios permite al cliente definir en vida la entrega de un patrimonio a familiares que no necesariamente son herederos legales.
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Código de registro SBS N° VI2007500143 para el Seguro de Vida Renta Flex. Código de registro SBS N° VI2007100144 para el Seguro de Vida Fondo Vida Garantizado.
Condiciones de las primas
Vida Devolución Total (100% online): Monto de prima referencial tomando como base la edad del asegurado, la suma asegurada elegida, el plazo de contratación, y si el asegurado es una persona considerada como fumador o no fumador. Fraccionado en cuotas iguales incluido IGV, sin intereses. Código SBS: VI2007100145 - en Plan Vida Devolución Total. Precio válido para Lima. Para mayor información puedes revisar la página web: https://www.pacifico.com.pe/seguros/vida/documentos
Fondo Plazo Seguro: Monto de prima referencial tomando como base la suma asegurada, el plazo de contratación, y si el asegurado es una persona considerada como fumador o no fumador. Fraccionado en cuotas iguales incluido IGV, sin intereses. Código SBS: VI2007100234 - en Seguro Fondo Plazo Seguro. Tipo de cambio SBS de referencia es de S/ 3.50. Precio válido para Lima. Para mayor información puedes revisar la página web: https://www.pacifico.com.pe/seguros/vida/documentos
Conoce todo sobre el Seguro de Vida Inversión Capital
¿Qué cubre?
Fallecimiento
Natural o Accidental
Cubre en caso de fallecimiento del cliente por causas naturales o accidentales durante la vigencia de la póliza.
Rápida entrega del dinero a los beneficiarios designados por libre elección. No requiere realizar la declaración de herederos y sucesión intestada.
¿Qué no cubre? (Exclusiones)
Este seguro no cubre el fallecimiento del asegurado si este se produjera como consecuencia de los siguientes casos:
Situación de guerra
Guerra declarada o no declarada (conflicto armado), civil o internacional; servicio y/o actividad militar o policial de cualquier índole, tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra.
Actos delictivos
Participación del Asegurado como sujeto activo de un acto delictivo o tipificado como delito o por aplicación legítima de la pena de muerte.
Actos ilícitos
En los seguros sobre la vida de un tercero, la muerte provocada deliberadamente por un acto ilícito del Contratante.
Actos que desestabilicen el orden público
Actos de guerrilla, rebelión, sedición, motín, terrorismo, huelga o tumulto popular, cuando el Asegurado hubiera participado como elemento activo.
Encontrarse bajo los efectos de alucinógenos
El uso de alucinógenos, estupefacientes o drogas no prescritas.
Acto criminal de beneficiarios
Acto criminal en el que resulte responsable alguno de los beneficiarios, en cuyo caso la Compañía quedará liberada de pagar el beneficio que correspondía al (a los) beneficiario(s) responsable(s). De existir otros beneficiarios designados, no responsables de dicho acto, éstos únicamente percibirán el porcentaje de suma asegurada que les hubiera atribuido el Contratante y/o el Asegurado.
Actos nucleares
Fisión o fusión nuclear o contaminación radiactiva.
Encontrarse bajo estado etílico
Estado etílico del Asegurado, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, salvo cuando el Asegurado hubiere sido sujeto pasivo en el acontecimiento que produjo su deceso.
Autolesiones
Suicidio o por lesiones inferidas al Asegurado por sí mismo, o por terceros con su consentimiento, salvo que hubieran transcurrido dos (2) años completos e ininterrumpidos desde la fecha de contratación del seguro.
Características y beneficios adicionales
Montos de inversión
Inversión de dinero desde US$ 7,500 hasta US$ 100,000 por año póliza*. Luego de este periodo se puede invertir nuevamente considerando el mismo rango de los montos de inversión, durante el lapso de un año póliza.*
*Se considera año póliza desde la fecha de adquisición del seguro hasta culminar el plazo de un año (12 meses).
Libre de impuestos
El monto invertido se encuentra exonerado del Impuesto a la Renta sobre la rentabilidad.
Beneficiarios designados
La libre elección de beneficiarios permite al cliente definir en vida la entrega de un patrimonio a familiares que no necesariamente son herederos legales.
Fondos de inversión
El cliente tiene la opción de elegir el portafolio de inversión, de acuerdo su tolerancia al riesgo y el monto de inversión, entre los dos fondos disponibles:
Fondo Pacífico Equilibrado Dólares
Fondo Pacífico Crecimiento Dólares
Retiros de dinero
Permite hasta 4 retiros por año póliza*. Estos retiros pueden realizarse en el momento que el cliente lo requiera considerando el monto de hasta US$ 200,000 por año póliza**.
*Se considera año póliza desde la fecha de adquisición del seguro hasta culminar el plazo de un año (12 meses).
**Penalidad de retiro antes de los primeros 06 meses: 0.5% del monto retirado.
Retiro total: Penalidad de 0.5% durante el primer año (12 meses)
Periodo de inversión
El cliente decide el periodo de inversión. El producto es de plazo indeterminado con posibilidad de permanencia hasta los 95 años del cliente.
Cambio de fondo de inversión
El cliente puede cambiar de fondo de inversión hasta 2 veces por año póliza*, sin que estos generen costo alguno.
*Se considera año póliza desde la fecha de adquisición del seguro hasta culminar el plazo de un año (12 meses).
Aportes adicionales
Se brinda la opción al cliente de realizar hasta 6 aportes adicionales de dinero, durante un año póliza*, considerando un máximo de US$ 350,000 de monto invertido.
*Se considera año póliza desde la fecha de adquisición del seguro hasta culminar el plazo de un año (12 meses).
Rescate monetario
El cliente cuenta con la posibilidad de abono del rescate* en el extranjero.
*Penalidad de retiro antes de los primeros 06 meses: 0.5% del monto retirado.
Retiro total: Penalidad de 0.5% durante el primer año (12 meses)
Moneda de pago
Producto disponible para adquirirlo e invertir en Dólares.
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