Seguro de Viaje Internacional | Cotiza Online | Pacífico Seguros - Pacífico Corporativo
Nuestros Planes
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ECONÓMICO
Plan económico para cubrir los imprevistos del viaje.
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US$ 2.93* al día Inc. IGV
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Plan accesible con mayor protección ante imprevistos.
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Mayor protección ante los imprevistos del viaje.
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SEGURO DE VIAJES
VIAJERO FRECUENTE
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*Código de registro SBS N° AE0446100098. Para conocer más detalles, haz clic aquí.
¿Qué cubre?
Conoce las coberturas del seguro, además de las principales características y beneficios adicionales. Disponibles para América Latina, Europa, USA & Canadá, Resto del mundo.
Gastos y asistencia médica por accidente y/o enfermedad no preexistente
El monto de cobertura aplica hasta US$ 20,000 en las siguientes situaciones:
- Asistencia y consultas médicas
- Atención por especialistas
- Exámenes médicos complementarios
- Terapia de recuperación física en caso de traumatismo y medicamentos
Dolencias preexistentes y dolencias crónicas
El monto de cobertura aplica hasta US$ 500 en las siguientes situaciones:
- En la primera atención:
Médica de emergencia
Ambulatoria
- Todos los medicamentos, exámenes de ayuda al diagnóstico y tratamiento, y procedimientos, siempre y cuando estén sustentados por la evidencia médica actual y disponible, para un adecuado diagnóstico y tratamiento
- Servicios hospitalarios y de ambulancia
Gastos odontológicos de urgencia
El monto de cobertura aplica hasta US$ 500 en las siguientes situaciones:
- Atención odontológica de urgencia en casos de infección o trauma
- La atención odontológica estará limitada únicamente al tratamiento del dolor y/o extracción de la pieza dentaria (hasta el límite indicado)
Medicamentos por atención ambulatoria y hospitalización
Gastos de medicamentos recetados por su equipo médico para la afección que diera lugar a la asistencia al Titular los cuales incluyen:
- Asistencias Hospitalarias y Ambulatorias
- Asistencia en el país de emisión de la póliza
Medicamentos por hospitalización
Gastos de hotel por reporso forzoso, enfermedad, accidente u hospitalización
El monto de cobertura aplica hasta US$ 800 hasta por 5 días en las siguientes situaciones:
- Reembolso al Titular de gastos de hotelería en el exterior, únicamente en concepto de alojamiento (es decir sin extras)
- Siempre que el médico determine la necesidad de prorrogar el periodo de estadía por convalecencia, después del alta del hospital
Terapia de recuperación física (fisioterapia)
Incluye hasta 10 sesiones
Acompañamiento de menores y/o mayores
Si un Titular viajara como única compañía de uno o más acompañantes menores de 15 años o mayores de 75 años, y se encontrara imposibilitado para ocuparse del o de los mismo(s) por causa de enfermedad o accidente acaecido durante el viaje. Se coordinará el desplazamiento de un familiar para que los acompañe de regreso al lugar de su residencia habitual.
Traslado de un familiar (en caso de hospitalización)
- En caso de que el Titular viajando solo se encuentre hospitalizado en el extranjero, y siempre que dicha hospitalización sea autorizada y sea prevista para un plazo mayor a 10 días.
- Pasaje en clase económica.
Estancia de un familiar
En caso, se hubiere efectuado el traslado de un familiar del Titular para que acompañe al mismo mientras se encuentre hospitalizado, ésta se hará cargo de los gastos de la estancia del familiar trasladado por un período máximo de 5 días siempre que el Titular se encontrase solo y hospitalizado en el extranjero, es decir sin compañía o relación personal o familiar alguna, durante dicho periodo de hospitalización. El monto de cobertura aplica hasta US$ 800.
Pérdida del equipaje
Pérdida y/o extravío del equipaje (bulto completo) durante transporte internacional en avión de línea aérea regular, y despachado en la bodega del mismo. El monto de cobertura aplica hasta US$ 800.
Demora en la entrega del equipaje
Demora en la entrega del equipaje durante su transporte internacional en avión de línea aérea regular siempre y cuando sea despachado en la bodega del mismo. El monto de cobertura aplica hasta US$ 500.
Cancelación de viaje
El monto de cobertura aplica hasta US$ 500 en las siguientes situaciones:
- Por accidente, enfermedad o fallecimiento de un familiar
- Para cubrir los gastos no reembolsables pagados anticipadamente al hotel y/o los cargos por cancelación
Reembolso de gastos por vuelo demorado o cancelado
Si el vuelo internacional del Titular es demorado por más de 6 horas consecutivas desde la hora de partida programada originalmente, y siempre y cuando en ese tiempo no tenga ninguna otra alternativa de transporte, se reembolsará los gastos en concepto de alojamiento, taxi y alimentación realizados. El monto de cobertura aplica hasta US$ 500 a consecuencia del clima, falla del equipo, huelga.
Diferencia de tarifa por viaje de regreso retrasado o anticipado
El monto de cobertura aplica hasta US$ 200 en las siguientes situaciones:
- Regreso por enfermedad o accidente
- Cargo del pago de la penalidad o diferencia de tarifa que corresponda o el costo de un nuevo pasaje de regreso del Titular en clase turista o económica desde el lugar en que el Titular se encuentre hasta su domicilio permanente
Responsabilidad en un accidente (asistencia jurídica)
El monto de cobertura aplica hasta US$ 9,000.
Anticipo de fondos para fianzas
Disponible para el pago de fianzas por el monto de cobertura hasta US$ 9,000.
Servicio de asistencias en viaje
Asesoría de equipaje perdido
Muerte accidental
El monto de cobertura aplica hasta US$ 10,000 en las siguientes situaciones:
Muerte como consecuencia de un accidente únicamente, incluyendo la muerte en transporte público siempre que el Titular tenga 74 años o menos al momento del accidente.
IMPORTANTE: Cuando la póliza incluye dos alternativas de indemnización, según las circunstancias que hayan ocasionado la Muerte Accidental, una y solo una de ellas será indemnizable.
Queda entendido y convenido entonces que la indemnización correspondiente a la Cobertura de Muerte Accidental 24 horas, excluye la indemnización correspondiente a Muerte Accidental en Transporte Público.
Repatriación o traslados funerarios
El monto de cobertura aplica hasta US$ 20,000.
Línea de consultas
¿Qué no cubre? (Exclusiones)
a) Riña, huelga o tumulto. Actos ilegales, ilícitos o dolosos.
b) Afecciones, enfermedades o lesiones resultantes del intento de suicidio o causadas intencionalmente por el Titular a sí mismo, sea en posesión de sus facultades mentales o no, así como sus consecuencias.
c) Tratamiento de enfermedades o estados patológicos producidos por ingestión intencional o administración de tóxicos (drogas), narcóticos, o por la utilización de medicamentos sin orden médica. Asimismo, afecciones, enfermedades o lesiones derivadas de la ingestión de bebidas alcohólicas de cualquier tipo.
d) Deportes (profesional o amateur)
Quedan expresamente excluidos los siguientes eventos:
- Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de entrenamiento, práctica o participación activa en toda clase de competencias deportivas, cualquiera sea el deporte que se practique en las mismas.
- Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de la práctica (tanto en capacitación, entrenamiento o competencia, ya sea en carácter profesional, amateur o simplemente recreativo) de deportes peligrosos o de alto riesgo, incluyendo, pero no limitado a: motociclismo, automovilismo, boxeo, rugby, polo, ski acuático, jet ski, wave runner o motos de agua, moto de nieve, vehículos todo terreno, parasail o parapente, aladeltismo, paracaidismo, planeadores, aviación deportiva, escalamiento de montañas, surf, windsurf, kitesurf, espeleología, rafting, bungee jumping, hockey sobre hielo o sobre patines, equitación en salto o carreras, artes marciales.
- Las asistencias que puedan ocurrir como consecuencia de la práctica de ski, snowboard y/u otros deportes invernales no mencionados en el párrafo anterior fuera de pistas reglamentarias y autorizadas.
- Las asistencias derivadas de cualquier tipo de ejercicio o juego atlético de acrobacia o que tenga por objeto pruebas de carácter excepcional o exhibiciones, o mientras participe en viajes o excursiones a regiones o zonas inexploradas, o cualquier clase de competencia de pericia o velocidad con vehículos mecánicos.
- Las asistencias que puedan ocurrir como consecuencia de la práctica de buceo por debajo de los 12 metros de profundidad.
e) Enfermedades psicológicas, mentales, psicosis, neurosis y cualquiera de sus consecuencias mediatas o inmediatas.
f) Los chequeos o exámenes médicos de rutina, incluso aquellos que no sean relacionados con una enfermedad diagnosticada y comprobada, así como aquellos que no sean consecuencia directa de una enfermedad o accidente objeto del servicio PACIFICO SEGUROS.
Exámenes médicos escolares o universitarios. Aplicación devacunas.
¿Qué cubre?
Conoce las coberturas del seguro, además de las principales características y beneficios adicionales. Disponibles para América Latina, Europa, USA & Canadá, Resto del mundo.
Gastos y asistencia médica por accidente y/o enfermedad no preexistente
El monto de cobertura aplica hasta US$ 30,000 en las siguientes situaciones:
- Asistencia y consultas médicas
- Atención por especialistas
- Exámenes médicos complementarios
- Terapia de recuperación física en caso de traumatismo y medicamentos
Dolencias preexistentes y dolencias crónicas
El monto de cobertura aplica hasta US$ 500 en las siguientes situaciones:
- En la primera atención:
Médica de emergencia
Ambulatoria
- Todos los medicamentos, exámenes de ayuda al diagnóstico y tratamiento, y procedimientos, siempre y cuando estén sustentados por la evidencia médica actual y disponible, para un adecuado diagnóstico y tratamiento
- Servicios hospitalarios y de ambulancia
Gastos odontológicos de urgencia
El monto de cobertura aplica hasta US$ 500 en las siguientes situaciones:
- Atención odontológica de urgencia en casos de infección o trauma
- La atención odontológica estará limitada únicamente al tratamiento del dolor y/o extracción de la pieza dentaria (hasta el límite indicado)
Medicamentos por atención ambulatoria y hospitalización
Gastos de medicamentos recetados por su equipo médico, cubiertos hasta US$ 500, para la afección que diera lugar a la asistencia al Titular los cuales incluyen:
- Asistencias Hospitalarias y Ambulatorias
- Asistencia en el país de emisión de la póliza
Medicamentos por hospitalización
Gastos de hotel por reporso forzoso, enfermedad, accidente u hospitalización
El monto de cobertura aplica hasta US$ 1,000 (US$ 200) hasta por 5 días en las siguientes situaciones:
- Reembolso al Titular de gastos de hotelería en el exterior, únicamente en concepto de alojamiento (es decir sin extras)
- Siempre que el médico determine la necesidad de prorrogar el periodo de estadía por convalecencia, después del alta del hospital
Terapia de recuperación física (fisioterapia)
Acompañamiento de menores y/o mayores
Si un Titular viajara como única compañía de uno o más acompañantes menores de 15 años o mayores de 75 años, y se encontrara imposibilitado para ocuparse del o de los mismo(s) por causa de enfermedad o accidente acaecido durante el viaje. Se coordinará el desplazamiento de un familiar para que los acompañe de regreso al lugar de su residencia habitual.
Pasaje de retorno en clase económica.
Traslado de un familiar (en caso de hospitalización)
- En caso de que el Titular viajando solo se encuentre hospitalizado en el extranjero, y siempre que dicha hospitalización sea autorizada y sea prevista para un plazo mayor a 10 días.
- Pasaje de ida y vuelta en clase económica.
Estancia de un familiar
En caso, se hubiere efectuado el traslado de un familiar del Titular para que acompañe al mismo mientras se encuentre hospitalizado, ésta se hará cargo de los gastos de la estancia del familiar trasladado por un período máximo de 5 días siempre que el Titular se encontrase solo y hospitalizado en el extranjero, es decir sin compañía o relación personal o familiar alguna, durante dicho periodo de hospitalización. El monto de cobertura aplica hasta US$ 1,000 (US$ 200).
Pérdida del equipaje
Pérdida y/o extravío del equipaje (bulto completo) durante transporte internacional en avión de línea aérea regular, y despachado en la bodega del mismo.
El monto de cobertura aplica hasta US$ 1,200 (US$ 50/Kg.)
Demora en la entrega del equipaje
Demora en la entrega del equipaje durante su transporte internacional en avión de línea aérea regular siempre y cuando sea despachado en la bodega del mismo. El monto de cobertura aplica hasta US$ 500.
Cancelación de viaje
El monto de cobertura aplica hasta US$ 500 en las siguientes situaciones:
- Por accidente, enfermedad o fallecimiento de un familiar
- Para cubrir los gastos no reembolsables pagados anticipadamente al hotel y/o los cargos por cancelación
Reembolso de gastos por vuelo demorado o cancelado
Si el vuelo internacional del Titular es demorado por más de 6 horas consecutivas desde la hora de partida programada originalmente, y siempre y cuando en ese tiempo no tenga ninguna otra alternativa de transporte, se reembolsará los gastos en concepto de alojamiento, taxi y alimentación realizados. El monto de cobertura aplica hasta US$ 500 a consecuencia del clima, falla del equipo, huelga.
Diferencia de tarifa por viaje de regreso retrasado o anticipado
El monto de cobertura aplica hasta US$ 500 en las siguientes situaciones:
- Regreso por enfermedad o accidente
- Cargo del pago de la penalidad o diferencia de tarifa que corresponda o el costo de un nuevo pasaje de regreso del Titular en clase turista o económica desde el lugar en que el Titular se encuentre hasta su domicilio permanente
Responsabilidad en un accidente (asistencia jurídica)
El monto de cobertura aplica hasta US$ 9,000.
Anticipo de fondos para fianzas
Disponible para el pago de fianzas por el monto de cobertura de hasta US$ 9,000.
Servicio de asistencias en viaje
Muerte accidental
El monto de cobertura aplica hasta US$ 10,000 en las siguientes situaciones:
Muerte como consecuencia de un accidente únicamente, incluyendo la muerte en transporte público siempre que el Titular tenga 74 años o menos al momento del accidente.
IMPORTANTE: Cuando la póliza incluye dos alternativas de indemnización, según las circunstancias que hayan ocasionado la Muerte Accidental, una y solo una de ellas será indemnizable.
Queda entendido y convenido entonces que la indemnización correspondiente a la Cobertura de Muerte Accidental 24 horas, excluye la indemnización correspondiente a Muerte Accidental en Transporte Público.
Repatriación o traslados funerarios
El monto de cobertura aplica hasta US$ 45,000.
¿Qué no cubre? (Exclusiones)
a) Riña, huelga o tumulto. Actos ilegales, ilícitos o dolosos.
b) Afecciones, enfermedades o lesiones resultantes del intento de suicidio o causadas intencionalmente por el Titular a sí mismo, sea en posesión de sus facultades mentales o no, así como sus consecuencias.
c) Tratamiento de enfermedades o estados patológicos producidos por ingestión intencional o administración de tóxicos (drogas), narcóticos, o por la utilización de medicamentos sin orden médica. Asimismo, afecciones, enfermedades o lesiones derivadas de la ingestión de bebidas alcohólicas de cualquier tipo.
d) Deportes (profesional o amateur)
Quedan expresamente excluidos los siguientes eventos:
- Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de entrenamiento, práctica o participación activa en toda clase de competencias deportivas, cualquiera sea el deporte que se practique en las mismas.
- Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de la práctica (tanto en capacitación, entrenamiento o competencia, ya sea en carácter profesional, amateur o simplemente recreativo) de deportes peligrosos o de alto riesgo, incluyendo, pero no limitado a: motociclismo, automovilismo, boxeo, rugby, polo, ski acuático, jet ski, wave runner o motos de agua, moto de nieve, vehículos todo terreno, parasail o parapente, aladeltismo, paracaidismo, planeadores, aviación deportiva, escalamiento de montañas, surf, windsurf, kitesurf, espeleología, rafting, bungee jumping, hockey sobre hielo o sobre patines, equitación en salto o carreras, artes marciales.
- Las asistencias que puedan ocurrir como consecuencia de la práctica de ski, snowboard y/u otros deportes invernales no mencionados en el párrafo anterior fuera de pistas reglamentarias y autorizadas.
- Las asistencias derivadas de cualquier tipo de ejercicio o juego atlético de acrobacia o que tenga por objeto pruebas de carácter excepcional o exhibiciones, o mientras participe en viajes o excursiones a regiones o zonas inexploradas, o cualquier clase de competencia de pericia o velocidad con vehículos mecánicos.
- Las asistencias que puedan ocurrir como consecuencia de la práctica de buceo por debajo de los 12 metros de profundidad.
e) Enfermedades psicológicas, mentales, psicosis, neurosis y cualquiera de sus consecuencias mediatas o inmediatas.
f) Los chequeos o exámenes médicos de rutina, incluso aquellos que no sean relacionados con una enfermedad diagnosticada y comprobada, así como aquellos que no sean consecuencia directa de una enfermedad o accidente objeto del servicio PACIFICO SEGUROS.
Exámenes médicos escolares o universitarios. Aplicación devacunas.
¿Qué cubre?
Conoce las coberturas del seguro, además de las principales características y beneficios adicionales. Disponibles para América Latina, Europa, USA & Canadá, Resto del mundo.
Gastos y asistencia médica por accidente y/o enfermedad no preexistente
El monto de cobertura aplica hasta US$ 60,000 en las siguientes situaciones:
- Asistencia y consultas médicas
- Atención por especialistas
- Exámenes médicos complementarios
- Terapia de recuperación física en caso de traumatismo y medicamentos
Dolencias preexistentes y dolencias crónicas
El monto de cobertura aplica hasta US$ 1,000 en las siguientes situaciones:
- En la primera atención:
Médica de emergencia
Ambulatoria
- Todos los medicamentos, exámenes de ayuda al diagnóstico y tratamiento, y procedimientos, siempre y cuando estén sustentados por la evidencia médica actual y disponible, para un adecuado diagnóstico y tratamiento
- Servicios hospitalarios y de ambulancia
Gastos odontológicos de urgencia
El monto de cobertura aplica hasta US$1,000 en las siguientes situaciones:
- Atención odontológica de urgencia en casos de infección o trauma
- La atención odontológica estará limitada únicamente al tratamiento del dolor y/o extracción de la pieza dentaria (hasta el límite indicado)
Medicamentos por atención ambulatoria y hospitalización
Gastos de medicamentos recetados por su equipo médico, cubiertos hasta US$ 1,000, para la afección que diera lugar a la asistencia al Titular los cuales incluyen:
- Asistencias Hospitalarias y Ambulatorias
- Asistencia en el país de emisión de la póliza
Medicamentos por hospitalización
Gastos de hotel por reporso forzoso, enfermedad, accidente u hospitalización
El monto de cobertura aplica hasta US$ 1,000 (US$ 200) hasta por 5 días en las siguientes situaciones:
- Reembolso al Titular de gastos de hotelería en el exterior, únicamente en concepto de alojamiento (es decir sin extras)
- Siempre que el médico determine la necesidad de prorrogar el periodo de estadía por convalecencia, después del alta del hospital
Terapia de recuperación física (fisioterapia)
Acompañamiento de menores y/o mayores
Si un Titular viajara como única compañía de uno o más acompañantes menores de 15 años o mayores de 75 años, y se encontrara imposibilitado para ocuparse del o de los mismo(s) por causa de enfermedad o accidente acaecido durante el viaje. Se coordinará el desplazamiento de un familiar para que los acompañe de regreso al lugar de su residencia habitual.
Pasaje de retorno en clase económica.
Traslado de un familiar (en caso de hospitalización)
- En caso de que el Titular viajando solo se encuentre hospitalizado en el extranjero, y siempre que dicha hospitalización sea autorizada y sea prevista para un plazo mayor a 10 días.
- Pasaje de ida y vuelta en clase económica.
Estancia de un familiar
En caso, se hubiere efectuado el traslado de un familiar del Titular para que acompañe al mismo mientras se encuentre hospitalizado, ésta se hará cargo de los gastos de la estancia del familiar trasladado por un período máximo de 5 días siempre que el Titular se encontrase solo y hospitalizado en el extranjero, es decir sin compañía o relación personal o familiar alguna, durante dicho periodo de hospitalización. El monto de cobertura aplica hasta US$ 1,000 (US$ 200).
Pérdida del equipaje
Pérdida y/o extravío del equipaje (bulto completo) durante transporte internacional en avión de línea aérea regular, y despachado en la bodega del mismo.
El monto de cobertura aplica hasta US$ 2,000 (US$ 50/Kg.)
Demora en la entrega del equipaje
Demora en la entrega del equipaje durante su transporte internacional en avión de línea aérea regular siempre y cuando sea despachado en la bodega del mismo. El monto de cobertura aplica hasta US$ 500.
Cancelación de viaje
El monto de cobertura aplica hasta US$ 1,000 en las siguientes situaciones:
- Por accidente, enfermedad o fallecimiento de un familiar
- Para cubrir los gastos no reembolsables pagados anticipadamente al hotel y/o los cargos por cancelación
Reembolso de gastos por vuelo demorado o cancelado
Si el vuelo internacional del Titular es demorado por más de 6 horas consecutivas desde la hora de partida programada originalmente, y siempre y cuando en ese tiempo no tenga ninguna otra alternativa de transporte, se reembolsará los gastos en concepto de alojamiento, taxi y alimentación realizados. El monto de cobertura aplica hasta US$ 1,000 a consecuencia del clima, falla del equipo, huelga.
Diferencia de tarifa por viaje de regreso retrasado o anticipado
El monto de cobertura aplica hasta US$ 1,000 en las siguientes situaciones:
- Regreso por enfermedad o accidente
- Cargo del pago de la penalidad o diferencia de tarifa que corresponda o el costo de un nuevo pasaje de regreso del Titular en clase turista o económica desde el lugar en que el Titular se encuentre hasta su domicilio permanente
Responsabilidad en un accidente (asistencia jurídica)
El monto de cobertura aplica hasta US$ 10,000.
Anticipo de fondos para fianzas
Disponible para el pago de fianzas por el monto de cobertura hasta US$ 10,000.
Servicio de asistencias en viaje
Muerte accidental
El monto de cobertura aplica hasta US$ 20,000 en las siguientes situaciones:
Muerte como consecuencia de un accidente únicamente, incluyendo la muerte en transporte público siempre que el Titular tenga 74 años o menos al momento del accidente.
IMPORTANTE: Cuando la póliza incluye dos alternativas de indemnización, según las circunstancias que hayan ocasionado la Muerte Accidental, una y solo una de ellas será indemnizable.
Queda entendido y convenido entonces que la indemnización correspondiente a la Cobertura de Muerte Accidental 24 horas, excluye la indemnización correspondiente a Muerte Accidental en Transporte Público.
Repatriación o traslados funerarios
El monto de cobertura aplica hasta US$ 60,000.
¿Qué no cubre? (Exclusiones)
a) Riña, huelga o tumulto. Actos ilegales, ilícitos o dolosos.
b) Afecciones, enfermedades o lesiones resultantes del intento de suicidio o causadas intencionalmente por el Titular a sí mismo, sea en posesión de sus facultades mentales o no, así como sus consecuencias.
c) Tratamiento de enfermedades o estados patológicos producidos por ingestión intencional o administración de tóxicos (drogas), narcóticos, o por la utilización de medicamentos sin orden médica. Asimismo, afecciones, enfermedades o lesiones derivadas de la ingestión de bebidas alcohólicas de cualquier tipo.
d) Deportes (profesional o amateur)
Quedan expresamente excluidos los siguientes eventos:
- Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de entrenamiento, práctica o participación activa en toda clase de competencias deportivas, cualquiera sea el deporte que se practique en las mismas.
- Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de la práctica (tanto en capacitación, entrenamiento o competencia, ya sea en carácter profesional, amateur o simplemente recreativo) de deportes peligrosos o de alto riesgo, incluyendo, pero no limitado a: motociclismo, automovilismo, boxeo, rugby, polo, ski acuático, jet ski, wave runner o motos de agua, moto de nieve, vehículos todo terreno, parasail o parapente, aladeltismo, paracaidismo, planeadores, aviación deportiva, escalamiento de montañas, surf, windsurf, kitesurf, espeleología, rafting, bungee jumping, hockey sobre hielo o sobre patines, equitación en salto o carreras, artes marciales.
- Las asistencias que puedan ocurrir como consecuencia de la práctica de ski, snowboard y/u otros deportes invernales no mencionados en el párrafo anterior fuera de pistas reglamentarias y autorizadas.
- Las asistencias derivadas de cualquier tipo de ejercicio o juego atlético de acrobacia o que tenga por objeto pruebas de carácter excepcional o exhibiciones, o mientras participe en viajes o excursiones a regiones o zonas inexploradas, o cualquier clase de competencia de pericia o velocidad con vehículos mecánicos.
- Las asistencias que puedan ocurrir como consecuencia de la práctica de buceo por debajo de los 12 metros de profundidad.
e) Enfermedades psicológicas, mentales, psicosis, neurosis y cualquiera de sus consecuencias mediatas o inmediatas.
f) Los chequeos o exámenes médicos de rutina, incluso aquellos que no sean relacionados con una enfermedad diagnosticada y comprobada, así como aquellos que no sean consecuencia directa de una enfermedad o accidente objeto del servicio PACIFICO SEGUROS.
Exámenes médicos escolares o universitarios. Aplicación devacunas.
¿Qué cubre?
Conoce las coberturas del seguro, además de las principales características y beneficios adicionales.
Gastos y asistencia médica por accidente y/o enfermedad no preexistente
El monto de cobertura aplica hasta US$ 50,000 en las siguientes situaciones:
- Asistencia y consultas médicas
- Atención por especialistas
- Exámenes médicos complementarios
- Terapia de recuperación física en caso de traumatismo y medicamentos
Dolencias preexistentes y dolencias crónicas
El monto de cobertura aplica hasta US$ 300 en las siguientes situaciones:
- En la primera atención:
Médica de emergencia
Ambulatoria
- Todos los medicamentos, exámenes de ayuda al diagnóstico y tratamiento, y procedimientos, siempre y cuando estén sustentados por la evidencia médica actual y disponible, para un adecuado diagnóstico y tratamiento
- Servicios hospitalarios y de ambulancia
Gastos odontológicos de urgencia
El monto de cobertura aplica hasta US$ 500 en las siguientes situaciones:
- Atención odontológica de urgencia en casos de infección o trauma
- La atención odontológica estará limitada únicamente al tratamiento del dolor y/o extracción de la pieza dentaria (hasta el límite indicado)
Medicamentos por atención ambulatoria y hospitalización
Gastos de medicamentos recetados por su equipo médico, cubiertos hasta US$ 1,000, para la afección que diera lugar a la asistencia al Titular los cuales incluyen:
- Asistencias Hospitalarias y Ambulatorias
- Asistencia en el país de emisión de la póliza
Medicamentos por hospitalización
Gastos de hotel por reporso forzoso, enfermedad, accidente u hospitalización
El monto de cobertura aplica hasta US$ 1,000 (US$ 200 por día) hasta por 5 días en las siguientes situaciones:
- Reembolso al Titular de gastos de hotelería en el exterior, únicamente en concepto de alojamiento (es decir sin extras)
- Siempre que el médico determine la necesidad de prorrogar el periodo de estadía por convalecencia, después del alta del hospital
Terapia de recuperación física (fisioterapia)
Acompañamiento de menores y/o mayores
Si un Titular viajara como única compañía de uno o más acompañantes menores de 15 años o mayores de 75 años, y se encontrara imposibilitado para ocuparse del o de los mismo(s) por causa de enfermedad o accidente acaecido durante el viaje. Se coordinará el desplazamiento de un familiar para que los acompañe de regreso al lugar de su residencia habitual.
Pasaje de retorno en clase económica.
Traslado de un familiar (en caso de hospitalización)
- En caso de que el Titular viajando solo se encuentre hospitalizado en el extranjero, y siempre que dicha hospitalización sea autorizada y sea prevista para un plazo mayor a 10 días.
- Pasaje de ida y vuelta en clase económica.
Estancia de un familiar
En caso, se hubiere efectuado el traslado de un familiar del Titular para que acompañe al mismo mientras se encuentre hospitalizado, ésta se hará cargo de los gastos de la estancia del familiar trasladado por un período máximo de 10 días siempre que el Titular se encontrase solo y hospitalizado en el extranjero, es decir sin compañía o relación personal o familiar alguna, durante dicho periodo de hospitalización. El monto de cobertura aplica hasta US$ 1,000 (US$ 200 por día).
Pérdida del equipaje
Pérdida y/o extravío del equipaje (bulto completo) durante transporte internacional en avión de línea aérea regular, y despachado en la bodega del mismo.
El monto de cobertura aplica hasta US$ 1,200 (US$ 50/Kg.)
Demora en la entrega del equipaje
Demora en la entrega del equipaje durante su transporte internacional en avión de línea aérea regular siempre y cuando sea despachado en la bodega del mismo. El monto de cobertura aplica hasta US$ 200.
Cancelación de viaje
El monto de cobertura aplica hasta US$ 500 en las siguientes situaciones:
- Por accidente, enfermedad o fallecimiento de un familiar
- Para cubrir los gastos no reembolsables pagados anticipadamente al hotel y/o los cargos por cancelación
Reembolso de gastos por vuelo demorado o cancelado
Si el vuelo internacional del Titular es demorado por más de 6 horas consecutivas desde la hora de partida programada originalmente, y siempre y cuando en ese tiempo no tenga ninguna otra alternativa de transporte, se reembolsará los gastos en concepto de alojamiento, taxi y alimentación realizados. El monto de cobertura aplica hasta US$ 500 a consecuencia del clima, falla del equipo, huelga.
Diferencia de tarifa por viaje de regreso retrasado o anticipado
El monto de cobertura aplica hasta US$ 500 en las siguientes situaciones:
- Regreso por enfermedad o accidente
- Cargo del pago de la penalidad o diferencia de tarifa que corresponda o el costo de un nuevo pasaje de regreso del Titular en clase turista o económica desde el lugar en que el Titular se encuentre hasta su domicilio permanente
Responsabilidad en un accidente (asistencia jurídica)
El monto de cobertura aplica hasta US$ 8,000.
Anticipo de fondos para fianzas
Disponible para el pago de fianzas por el monto de cobertura hasta US$ 8,000.
Servicio de asistencias en viaje
Muerte accidental
El monto de cobertura aplica hasta US$ 20,000 en las siguientes situaciones:
Muerte como consecuencia de un accidente únicamente, incluyendo la muerte en transporte público siempre que el Titular tenga 74 años o menos al momento del accidente.
IMPORTANTE: Cuando la póliza incluye dos alternativas de indemnización, según las circunstancias que hayan ocasionado la Muerte Accidental, una y solo una de ellas será indemnizable.
Queda entendido y convenido entonces que la indemnización correspondiente a la Cobertura de Muerte Accidental 24 horas, excluye la indemnización correspondiente a Muerte Accidental en Transporte Público.
Traslado* o evacuación médica
El monto de cobertura aplica hasta US$ 50,000.
*El traslado aplica para restos mortales.
¿Qué no cubre? (Exclusiones)
a) Riña, huelga o tumulto. Actos ilegales, ilícitos o dolosos.
b) Afecciones, enfermedades o lesiones resultantes del intento de suicidio o causadas intencionalmente por el Titular a sí mismo, sea en posesión de sus facultades mentales o no, así como sus consecuencias.
c) Tratamiento de enfermedades o estados patológicos producidos por ingestión intencional o administración de tóxicos (drogas), narcóticos, o por la utilización de medicamentos sin orden médica. Asimismo, afecciones, enfermedades o lesiones derivadas de la ingestión de bebidas alcohólicas de cualquier tipo.
d) Deportes (profesional o amateur)
Quedan expresamente excluidos los siguientes eventos:
- Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de entrenamiento, práctica o participación activa en toda clase de competencias deportivas, cualquiera sea el deporte que se practique en las mismas.
- Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de la práctica (tanto en capacitación, entrenamiento o competencia, ya sea en carácter profesional, amateur o simplemente recreativo) de deportes peligrosos o de alto riesgo, incluyendo, pero no limitado a: motociclismo, automovilismo, boxeo, rugby, polo, ski acuático, jet ski, wave runner o motos de agua, moto de nieve, vehículos todo terreno, parasail o parapente, aladeltismo, paracaidismo, planeadores, aviación deportiva, escalamiento de montañas, surf, windsurf, kitesurf, espeleología, rafting, bungee jumping, hockey sobre hielo o sobre patines, equitación en salto o carreras, artes marciales.
- Las asistencias que puedan ocurrir como consecuencia de la práctica de ski, snowboard y/u otros deportes invernales no mencionados en el párrafo anterior fuera de pistas reglamentarias y autorizadas.
- Las asistencias derivadas de cualquier tipo de ejercicio o juego atlético de acrobacia o que tenga por objeto pruebas de carácter excepcional o exhibiciones, o mientras participe en viajes o excursiones a regiones o zonas inexploradas, o cualquier clase de competencia de pericia o velocidad con vehículos mecánicos.
- Las asistencias que puedan ocurrir como consecuencia de la práctica de buceo por debajo de los 12 metros de profundidad.
e) Enfermedades psicológicas, mentales, psicosis, neurosis y cualquiera de sus consecuencias mediatas o inmediatas.
f) Los chequeos o exámenes médicos de rutina, incluso aquellos que no sean relacionados con una enfermedad diagnosticada y comprobada, así como aquellos que no sean consecuencia directa de una enfermedad o accidente objeto del servicio PACIFICO SEGUROS.
Exámenes médicos escolares o universitarios. Aplicación devacunas.
Condiciones de las primas
Código SBS: AE0446100098. El monto de la prima varía de acuerdo a la región de destino y el rango de edad del pasajero. Aplican términos, condiciones, exclusiones y restricciones que podrás revisar en: https://www.pacifico.com.pe/seguros/viajes/documentos
¿Por qué elegirnos?

Acceso a
consultas médicas
Acceso a
Salas VIP2
Entrega de
medicamentos3

Reembolso por
retraso o cancelación4

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Condiciones de las características y beneficios adicionales
(2) Beneficio adicional disponible para el Plan Económico.
(3) Beneficio adicional disponible para el Plan Económico.
(4) Disponible para todos los planes del Seguro de Viajes.
Conoce todo sobre el Seguro de Viajes
¿Qué cubre?
Plan Económico
Gastos y asistencia médica por accidente y/o enfermedad no preexistente
El monto de cobertura aplica hasta US$ 20,000 en las siguientes situaciones:
- Asistencia y consultas médicas
- Atención por especialistas
- Exámenes médicos complementarios
- Terapia de recuperación física en caso de traumatismo y medicamentos
Dolencias preexistentes y dolencias crónicas
El monto de cobertura aplica hasta US$ 500 en las siguientes situaciones:
- En la primera atención:
Médica de emergencia
Ambulatoria
- Todos los medicamentos, exámenes de ayuda al diagnóstico y tratamiento, y procedimientos, siempre y cuando estén sustentados por la evidencia médica actual y disponible, para un adecuado diagnóstico y tratamiento
- Servicios hospitalarios y de ambulancia
Gastos odontológicos de urgencia
El monto de cobertura aplica hasta US$ 500 en las siguientes situaciones:
- Atención odontológica de urgencia en casos de infección o trauma
- La atención odontológica estará limitada únicamente al tratamiento del dolor y/o extracción de la pieza dentaria (hasta el límite indicado)
Medicamentos por atención ambulatoria y hospitalización
Gastos de medicamentos recetados por su equipo médico para la afección que diera lugar a la asistencia al Titular los cuales incluyen:
- Asistencias Hospitalarias y Ambulatorias
- Asistencia en el país de emisión de la póliza
Medicamentos por hospitalización
Gastos de hotel por reporso forzoso, enfermedad, accidente u hospitalización
El monto de cobertura aplica hasta US$ 800 hasta por 5 días en las siguientes situaciones:
- Reembolso al Titular de gastos de hotelería en el exterior, únicamente en concepto de alojamiento (es decir sin extras)
- Siempre que el médico determine la necesidad de prorrogar el periodo de estadía por convalecencia, después del alta del hospital
Terapia de recuperación física (fisioterapia)
Incluye hasta 10 sesiones
Acompañamiento de menores y/o mayores
Si un Titular viajara como única compañía de uno o más acompañantes menores de 15 años o mayores de 75 años, y se encontrara imposibilitado para ocuparse del o de los mismo(s) por causa de enfermedad o accidente acaecido durante el viaje. Se coordinará el desplazamiento de un familiar para que los acompañe de regreso al lugar de su residencia habitual.
Traslado de un familiar (en caso de hospitalización)
- En caso de que el Titular viajando solo se encuentre hospitalizado en el extranjero, y siempre que dicha hospitalización sea autorizada y sea prevista para un plazo mayor a 10 días.
- Pasaje en clase económica.
Estancia de un familiar
En caso, se hubiere efectuado el traslado de un familiar del Titular para que acompañe al mismo mientras se encuentre hospitalizado, ésta se hará cargo de los gastos de la estancia del familiar trasladado por un período máximo de 5 días siempre que el Titular se encontrase solo y hospitalizado en el extranjero, es decir sin compañía o relación personal o familiar alguna, durante dicho periodo de hospitalización. El monto de cobertura aplica hasta US$ 800.
Pérdida del equipaje
Pérdida y/o extravío del equipaje (bulto completo) durante transporte internacional en avión de línea aérea regular, y despachado en la bodega del mismo. El monto de cobertura aplica hasta US$ 800.
Demora en la entrega del equipaje
Demora en la entrega del equipaje durante su transporte internacional en avión de línea aérea regular siempre y cuando sea despachado en la bodega del mismo. El monto de cobertura aplica hasta US$ 500.
Cancelación de viaje
El monto de cobertura aplica hasta US$ 500 en las siguientes situaciones:
- Por accidente, enfermedad o fallecimiento de un familiar
- Para cubrir los gastos no reembolsables pagados anticipadamente al hotel y/o los cargos por cancelación
Reembolso de gastos por vuelo demorado o cancelado
Si el vuelo internacional del Titular es demorado por más de 6 horas consecutivas desde la hora de partida programada originalmente, y siempre y cuando en ese tiempo no tenga ninguna otra alternativa de transporte, se reembolsará los gastos en concepto de alojamiento, taxi y alimentación realizados. El monto de cobertura aplica hasta US$ 500 a consecuencia del clima, falla del equipo, huelga.
Diferencia de tarifa por viaje de regreso retrasado o anticipado
El monto de cobertura aplica hasta US$ 200 en las siguientes situaciones:
- Regreso por enfermedad o accidente
- Cargo del pago de la penalidad o diferencia de tarifa que corresponda o el costo de un nuevo pasaje de regreso del Titular en clase turista o económica desde el lugar en que el Titular se encuentre hasta su domicilio permanente
Responsabilidad en un accidente (asistencia jurídica)
El monto de cobertura aplica hasta US$ 9,000.
Anticipo de fondos para fianzas
Disponible para el pago de fianzas por el monto de cobertura hasta US$ 9,000.
Servicio de asistencias en viaje
Asesoría de equipaje perdido
Muerte accidental
El monto de cobertura aplica hasta US$ 10,000 en las siguientes situaciones:
Muerte como consecuencia de un accidente únicamente, incluyendo la muerte en transporte público siempre que el Titular tenga 74 años o menos al momento del accidente.
IMPORTANTE: Cuando la póliza incluye dos alternativas de indemnización, según las circunstancias que hayan ocasionado la Muerte Accidental, una y solo una de ellas será indemnizable.
Queda entendido y convenido entonces que la indemnización correspondiente a la Cobertura de Muerte Accidental 24 horas, excluye la indemnización correspondiente a Muerte Accidental en Transporte Público.
Repatriación o traslados funerarios
El monto de cobertura aplica hasta US$ 20,000.
Línea de consultas
¿Qué no cubre? (Exclusiones)
a) Riña, huelga o tumulto. Actos ilegales, ilícitos o dolosos.
b) Afecciones, enfermedades o lesiones resultantes del intento de suicidio o causadas intencionalmente por el Titular a sí mismo, sea en posesión de sus facultades mentales o no, así como sus consecuencias.
c) Tratamiento de enfermedades o estados patológicos producidos por ingestión intencional o administración de tóxicos (drogas), narcóticos, o por la utilización de medicamentos sin orden médica. Asimismo, afecciones, enfermedades o lesiones derivadas de la ingestión de bebidas alcohólicas de cualquier tipo.
d) Deportes (profesional o amateur)
Quedan expresamente excluidos los siguientes eventos:
- Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de entrenamiento, práctica o participación activa en toda clase de competencias deportivas, cualquiera sea el deporte que se practique en las mismas.
- Las asistencias que puedan ocurrir a consecuencia de la práctica (tanto en capacitación, entrenamiento o competencia, ya sea en carácter profesional, amateur o simplemente recreativo) de deportes peligrosos o de alto riesgo, incluyendo, pero no limitado a: motociclismo, automovilismo, boxeo, rugby, polo, ski acuático, jet ski, wave runner o motos de agua, moto de nieve, vehículos todo terreno, parasail o parapente, aladeltismo, paracaidismo, planeadores, aviación deportiva, escalamiento de montañas, surf, windsurf, kitesurf, espeleología, rafting, bungee jumping, hockey sobre hielo o sobre patines, equitación en salto o carreras, artes marciales.
- Las asistencias que puedan ocurrir como consecuencia de la práctica de ski, snowboard y/u otros deportes invernales no mencionados en el párrafo anterior fuera de pistas reglamentarias y autorizadas.
- Las asistencias derivadas de cualquier tipo de ejercicio o juego atlético de acrobacia o que tenga por objeto pruebas de carácter excepcional o exhibiciones, o mientras participe en viajes o excursiones a regiones o zonas inexploradas, o cualquier clase de competencia de pericia o velocidad con vehículos mecánicos.
- Las asistencias que puedan ocurrir como consecuencia de la práctica de buceo por debajo de los 12 metros de profundidad.
e) Enfermedades psicológicas, mentales, psicosis, neurosis y cualquiera de sus consecuencias mediatas o inmediatas.
f) Los chequeos o exámenes médicos de rutina, incluso aquellos que no sean relacionados con una enfermedad diagnosticada y comprobada, así como aquellos que no sean consecuencia directa de una enfermedad o accidente objeto del servicio PACIFICO SEGUROS.
Exámenes médicos escolares o universitarios. Aplicación devacunas.
Características y beneficios adicionales
Plan Económico
Acceso a Sala VIP - Aeropuertos
Acceso a +1100 Salas VIP en todo el mundo ante retraso de vuelo.
Descuento en Farmacias Estados Unidos
Para aplicar el descuento es necesario mostrar la receta médica.
Acceso al programa de descuentos y precios exclusivos
¡Disfruta del nuevo programa de beneficios!
Podrás acceder a grandes descuentos y precios exclusivos en más de 50 establecimientos en 5 categorías:
Día a día
Descuentos útiles y prácticos que te servirán en más de una ocasión.
Cuida tu salud
Beneficios médicos complementarios a tus coberturas, para mantenerte y sentirte bien.
Date un gusto
Beneficios en establecimientos exclusivos para engreir tu paladar.
Sal de la rutina
Las mejores opciones de esparcimiento y aprendizaje para que compartas momentos únicos.
Desconéctate
Tomar un descanso y pasarla genial dentro y fuera de casa pensado en tus hábitos.
Conoce más detalles sobre el Programa de Beneficios aquí.
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