Resumen de Coberturas y Exclusiones

Seguro Red Preferente

Coberturas

Entre las principales coberturas del seguro, te ofrecemos:

  • Atención ambulatoria: Te cubrimos las consultas médicas, exámenes clínicos (laboratorio e imágenes), medicinas y curaciones, entre otras, que no requieren tu internamiento, en nuestra amplia red de clínicas afiliadas a nivel nacional.
  • Atención hospitalaria: Te cubrimos los gastos generados por las atenciones en las que debes permanecer internado en un centro de salud por indicación médica. Podrás elegir dónde atenderte en nuestra amplia red de clínicas a nivel nacional.
  • Emergencia accidental ambulatoria: En caso de situaciones repentinas e inesperadas que ponen en peligro tu vida o en riesgo tu salud y requieren atención médica ambulatoria, cubrimos al 100% los gastos médicos generados hasta por S/3'200,000 en nuestra amplia red de clínicas afiliadas a nivel nacional.
  • Programa de Maternidad: Las atenciones relacionadas con la gestación y el nacimiento, así como las complicaciones durante el embarazo y el alumbramiento del bebé están cubiertas por tu Seguro de Salud Red Preferente.
  • Oncológica: Te cubrimos los gastos generados por el tratamiento del Cáncer. Cobertura oncológica en Aliada al 100% en tratamientos ambulatorios (quimioterápia, consultas, laboratorio, mamografía, ecografía, rayos x).
  • Odontología: Te cubrimos las atenciones y consultas relativas al cuidado de la salud bucal.
  • Oftalmología: Esta cobertura incluye las atenciones y consultas relativas al cuidado de tu visión. Además, te ofrecemos una medición anual gratuita de la vista.
  • Sepelio en el Perú: Los gastos por concepto del funeral serán cubiertos siempre y cuando el fallecimiento haya ocurrido como consecuencia de una enfermedad o accidente cubierto por tu póliza.

Modalidad de atención: Este producto reconoce solo la atención al crédito, es decir, sólo pagarás el copago y coaseguro según la clínica o centro médico afiliado donde hayas elegido atenderte.

Condiciones vigentes a partir del 1 de abril del 2023:

 

BENEFICIOS Y COBERTURAS

Beneficio máximo anual por persona S/ 3,200,000
Periodos de carencia 30 días calendario para las atenciones ambulatorias y hospitalarias



90 días calendario para los casos oncológicos (cáncer)
Periodos de espera

18 meses para maternidad

24 meses para enfermedades congénitas no diagnosticadas

10 meses para diagnósticos y atenciones especificas listadas en póliza

36 meses para Hepatitis C (enfermedades relacionadas con la Hepatitis C)

SERVICIOS ADICIONALES

Chequeos médicos preventivos gratuitos
Programa integral de prevención pediátrico y juvenil  Sí 
Emergencia accidental ambulatoria
(Dentro de las primeras 24 horas, no aplica para cirugía ambulatoria) 
Al 100% 
Médicos a domicilio en Lima (medicina general, medicina interna y pediatría)  S/55 al 100% 
Médicos a domicilio en provincia (medicina general)
Arequipa, Cajamarca, Cusco, Piura, Talara, Trujillo y Chiclayo 
S/40 al 100% 
Programa Siempre Sano (previa evaluación, sólo en Lima)  Al 100% 
Vacuna del programa ampliado de inmunización del Ministerio de Salud en el centro de vacunación de la clínica Javier Prado.  Al 100% 

ATENCIÓN AMBULATORIA

Atención en clínicas  
Red SANNA - Centros Clínicos S/ 60 al 100%
Red 1 S/ 50 al 75%
Red 2 S/ 65 al 70%
Red 3 S/ 75 al 65%
Red 4 S/ 85 al 60%
Cirugía Ambulatoria  
Bajo condiciones de una atención hospitalaria Según condiciones hospitalarias de la red

ATENCIÓN HOSPITALARIA

Los copagos y coaseguros aplican a cada hospitalización. Gastos presentados en exceso de los S/ 50,000 serán asumidos por la compañía al 100%

Atención en clínicas  
Red 1  S/ 400 al 85%
Red 2 S/ 500 al 80%
Red 3  S/ 600 al 75%
Red 4 S/ 800 al 70%

ONCOLOGÍA

Enfermedades oncológicas 
Atención en clínicas y centros oncológicos
 
En centro oncológico Aliada
Ambulatorio Al 100%
Hospitalario  Al 100% 
En Red Oncológica
Ambulatorio  S/45 al 80% 
Hospitalario  1 día de habitación al 80% 
Beneficios oncológicos adicionales
Reconstrucción mamaria (en caso de mastectomía radical o total por cáncer única vez). Al crédito, en clínicas y centros de reconstrucción mamaria. Al 100% 
Ambulancia terrestre al alta hospitalaria  Al 100% 
Alimentación para acompañante  Al 100% 
Segunda reconstrucción mamaria
Según pertinencia médica y si la primera fue cubierta por la póliza. 

MATERNIDAD

Parto normal y cesárea en red prenatal. Al 100%
Excepto SANNA \ Clínica San Borja
Parto normal en todos los demás proveedores médicos afiliados.    

Red 1: S/0 al 100%

Red 2: S/0 a 90%

Red 3: S/ 0 al 85%

Red 4: S/ 0 al 70%

Parto por cesárea. En la red de proveedores médicos afiliados.     Hasta S/ 4,000 
Aborto o amenaza de aborto Hasta S/4,000
Los gastos que exceden este monto serán asumidos por el asegurado.
Complicaciones durante el embarazo Según condiciones ambulatorias / hospitalarias de la Red
Consultas pre y post natales   
Nota: en otras clínicas y centros médicos afiliados, solo consulta no incluye vitaminas.  Bajo condiciones ambulatorias según la red elegida
Perfil prenatal
- Laboratorio

- 3 Ecografías

- 1 Papanicolaou

- 3 Vacunas antitetánicas
Red SANNA Centros Clínicos - S/ 60  - Sin coaseguro
Red 1: S/ 30 - 20% 
Red 2: S/ 40 - 20%
Red 3: S/ 50 - 25%
Programa Madre - Niño:  
Opción 1: Prenatal

Lima


7 sesiones de Psico-profilaxis, 8 sesiones de Yoga pre-natal, 8 sesiones de pilates pre-natal, 3 sesiones de Talleres post-parto y 1 consultoría de lactancia materna.
Copago Único

S/ 700
Opción 2: Escuela para embarazadas

 7 sesiones de Psico-profilaxis, 8 sesiones de Yoga pre-natal, 4 sesiones de natación, 3 sesiones de Talleres post-parto y 1 consultoría de lactancia materna.
Copago Único

S/ 400
Provincias

7 sesiones de Psico-profilaxis en Clínica Los Fresnos (Cajamarca), Clínica Limatambo (Cajamarca), Clínica Peruano Americana (Trujillo), Hogar Clínica San Juan de Dios (Arequipa), Centro médico Pediátrico Carita Feliz (Piura), Clínica San Miguel (Piura).
S/ 25 por sesión
Enfermedades del recién Nacido, durante los primeros 6 meses de vida, para partos múltiples de 3 niños (as) a más. Hasta S/15,000 según condiciones amb./hosp.
Control de niño sano - Sólo consulta hasta el primer año en nuestra red SANNA Según condiciones albulatorias de la red

ODONTOLOGÍA

Red 1

S/30 al 85%

Red 2

S/45 al 75%

OFTALMOLOGÍA

Red 1 S/45 - 15%
Red 2 S/60 - 20%
Red 3 S/70 - 25%
Red Oftalmológica 1 S/40 al 85%
Red Oftalmológica 2 S/45 al 80%
Red Oftalmológica 3 S/60 al 75%
Red Oftalmológica 4 S/75 al 65%
Medición anual de vista (En Red Oftalmológica afiliada) Al 100%

SEPELIO

Sólo al crédito Paquete Plus hasta S/9,000

OTRAS COBERTURAS

Trasplante de médula ósea  -
En clínicas y centros médicos afiliados.  -
Enfermedades congénitas del recién nacido en póliza Hasta S/ 80,000 al año
En clínicas y centros médicos afiliados. Según condiciones ambulatorias y hospitalarias
Enfermedades Congénitas no diagnosticadas Hasta S/ 80,000 por duración de póliza
En clínicas y centros médicos afiliados.  Según condiciones ambulatorias y hospitalarias 
Enfermedades Epidémicas  Hasta S/ 40,000 al año 
En clínicas y centros médicos afiliados.  Según condiciones ambulatorias y hospitalarias 
Segunda opinión médica nacional para cirugías electivas   
Sólo al crédito, previa coordinación con Pacifico. Solo consulta  Al 100% 
Transporte por evacuación en territorio nacional   
En caso de emergencias accidental o ambulatoria. Al 100% 
Hasta el límite del costo de vuelos comerciales nacionales por asiento ocupado, hasta un límite de siete asientos. Previa coordinación y aprobación de Pacífico. Hasta S/ 5,000.
En caso de hospitalización (sólo en provincia) Al 100%
Hasta el límite del costo de vuelos comerciales nacionales por asiento ocupado,hasta un límite de dos asientos. Solo para casos de Hospitalización donde no haya resolución médica en el lugar de la atención. Previa coordinación y aprobación de Pacifico. Hasta S/ 1,500.
Prótesis quirúrgica y STENT  
Límite anual S/15,000
Tratamiento de Osteoporosis  
Sólo al crédito. Se cubre el tratamiento sólo con diagnóstico de osteoporosis postmenopáusica, por desiometría ósea. Máximo una densiometría anual de columna y cadera. 
No se cubre para prevenir osteoporosis ni en casos de osteopenia.
Al 100%
Liberación de primas para los dependientes asegurados por fallecimiento del titular, por un año a partir del fallecimiento. Al 100%

Qué no cubrimos

El Seguro de Salud Red Preferente está especialmente diseñado para cubrir las principales enfermedades que nuestros asegurados podrían enfrentar a lo largo de sus vidas. Sin embargo, existen ciertos tipos de enfermedades poco comunes o condiciones médicas particulares que, de ser aceptadas por el seguro, lo encarecerían en demasía, en perjuicio del resto de asegurados. Por ello, el Seguro de Salud Red Preferente tiene ciertas exclusiones, entre las cuales se encuentran:

Gastos no cubiertos y exclusiones

Este seguro no cubre los gastos derivados y/o relacionados y/o a consecuencia de:

PREEXISTENCIAS, entendidas como aquellas así definidas en el GLOSARIO de la Póliza, no considerándose como PREEXISTENCIAS a las ENFERMEDADES por las que el ASEGURADO haya recibido cobertura durante la vigencia de una póliza de ENFERMEDADES o asistencia médica emitida por PACÍFICO SEGUROS u otra compañía de seguros registrada en la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP´s, en el período inmediatamente anterior a la contratación de la presente Póliza. 

Cuidado podiátrico, incluyendo el cuidado de los pies relacionados con callos, pies planos, arcos débiles y pies débiles, plantillas y zapatos ortopédicos y ortésicos.

MEDICINA ALTERNATIVA Y/O COMPLEMENTARIA.

Cuidados particulares de enfermería para casos hospitalarios y servicio a domicilio.

a) Atenciones y/o tratamientos practicados por personas que no sean médicos u odontólogos colegiados, entendiéndose como tales aquellas atenciones o procedimientos médicos a los que el ASEGURADO se somete de manera voluntaria a la persona que lo practica o de las circunstancias que le permiten llegar a dicha conclusión.

b) Gastos por concepto de compra de sangre, plasma, hemoderivados, tejidos, órganos. No se cubre albúmina humana, plasma rico en plaquetas ni tratamientos que impliquen el uso de células madre (StemCell), salvo que se requiera para TRASPLANTE de médula ósea.

c) En los casos de HOSPITALIZACIÓN no se cubrirán los gastos del acompañante, teléfono, internet, alquiler de artefactos u otros gastos que no tengan relación con el tratamiento médico.

d) Pruebas DIAGNOSTICAS (laboratorio, imágenes y/u otros estudios) o TRATAMIENTOS (procedimientos médicos o quirúrgicos, insumos, dispositivos, implantes, equipos y/o medicamentos) derivados y/o relacionados y/o a consecuencia de y otros precisados a continuación:

I. Todo medicamento, equipo, dispositivo, IMPLANTE, procedimiento o insumo médico utilizado que no haya sido aprobado por la FDA o EMA para el DIAGNÓSTICO correspondiente.

II. Los que no se consideren MÉDICAMENTE NECESARIOS y no cuenten con el sustento médico según la MEDICINA BASADA EN LA EVIDENCIA con ensayos clínicos de fase III concluidos y con beneficio demostrado.

III. Medicamentos, insumos o dispositivos aprobados por la F.D.A o EMA, pero prescritos para ENFERMEDADES diferentes para los que fueron aprobados (excepto en casos de CÁNCER).

IV. Medicamentos, insumos o dispositivos que aun cuando hayan sido aprobados por la F.D.A o EMA, se encuentren expresamente indicados en este Artículo 8° como excluidos.

V. Medicamentos utilizados con fines placebo. Edulcorantes.

VI. Recursos terapéuticos naturales (uña de gato, muérdago, etc.), cualquiera sea su forma de presentación.

VII. Tratamientos o procedimientos experimentales.

VIII. Tratamientos y procedimientos que no se encuentren aprobados con nivel de evidencia y consenso 1 o 2A en las “Clinical Practice Guidelines in Oncology” (Guías de Práctica Clínica en Oncología) de la NATIONAL COMPREHENSIVE CANCER NETWORK (NCCN) de los Estados Unidos de América. Para mayor información acceder a www.nccn.org.

IX. Productos de higiene personal. Productos COSMÉTICOS, productos dermatocosméticos, humectantes, exfoliantes y bloqueadores solares (fotoprotectores) para fines preventivos y/o estéticos.

X. Medicamentos para tratamiento de la dependencia al alcohol, tabaco y drogas ilícitas.

XI. Consultas, pruebas auxiliares y tratamientos médicos, psicológicos y/o psiquiátricos relacionados con los diagnósticos comprendidos en el capítulo V, Trastornos Mentales y del Comportamiento, del Código Internacional de Enfermedades CIE 10, así como tratamientos para corregir trastornos de conducta, trastornos de la atención lenguaje y del aprendizaje. Electroencefalograma para cefaleas o problemas de memoria o atención. Curas de reposo o de sueño.

XII. Medicamentos y procedimientos para el tratamiento de la infección por virus de inmunodeficiencia humana (VIH) y/o SÍNDROME de inmunodeficiencia adquirida (SIDA).

XIII. Suplementos alimenticios (excepto los utilizados para el ASEGURADO hospitalizado), complementos nutricionales, leches o fórmulas maternizadas, fármaconutrientes, productos nutracéuticos, productos de propiedades antiasténicas, reconstituyentes, energizantes, anabólicos, estimulantes de funciones intelectuales cerebrales. No se cubren vitaminas ni minerales salvo en enfermedades en las que se haya demostrado por laboratorio la carencia de los mismos.

XIV. Medicamentos, exámenes auxiliares, procedimientos o tratamientos prescritos con fines de prevención primaria o secundaria (excepto aspirina, clopidogrel, warfarina, , heparinas u otros anticoagulantes, metformin, palivizumab, gastroprotectores frente al uso de fármacos gastrolesivos, montelukast en asma, profilácticos para migraña y antibióticos preoperatorios, los cuales sí se cubrirán).

XV. Pruebas no invasivas séricas para diagnostico de hígado graso o fibrosis (Fibromax, Fibrotest, Actitest, Ashtest).

XVI.Inmunoestimulantes, Vacunas (excepto vacuna indicada por isoinmunización materno-fetal, vacunas antirrábica o antitetánica por indicación médica y la Vacuna del Virus del Papiloma Humano en mujeres).

XVII. Medicamentos para el tratamiento de osteopenia.

XVIII. Microresonancia magnética.

XIX. Medicamentos para el tratamiento por climaterio y menopausia y/o sus consecuencias.

XX. PRÓTESIS externas, tales como aparatos auditivos, apéndice auricular, globo ocular y extremidades.

XXI. Dispositivos o IMPLANTES médicos de naturaleza mecánica o electrónica de uso interno comprendidos en las clases II o III de la FDA, tales como: IMPLANTE coclear, Cefaly, neuroestimulador cerebral, estimulador de crecimiento óseo, dispositivos intervertebrales o interespinosos (excepto: marcapaso cardíaco, stent, PRÓTESIS osteoarticulares, PRÓTESIS tipo cajetillas o cages para columna vertebral, los cuales si se cubrirán).

XXII. Equipos mecánicos o electrónicos de uso extra hospitalario y con fines DIAGNÓSTICOS o terapéuticos comprendidos en las clases II o III de la clasificación de dispositivos médicos de la FDA; y adicionalmente no se cubren los siguientes aparatos: termómetro, tensiómetro, bombas de insulina implantables, glucómetro y muletas.

XXIII. ENFERMEDADES, lesiones y/o defectos congénitos o de tipo genético hereditario, a excepción de lo indicado en las coberturas CONGÉNITAS del recién nacido y de ENFERMEDADES CONGÉNITAS no diagnosticadas, hasta los límites establecidos para estas coberturas.

XXIV. Tratamientos, estudios o intervenciones quirúrgicas por obesidad o reducción o ganancia de peso. Cirugía por diastasis de los músculos rectos abdominales.

XXV. Ginecomastia y Gigantomastia.

XXVI. Cirugía estética, cosmética o reconstructiva, excepto en los casos de cirugía reconstructiva por CÁNCER de Mama que involucre una mastectomía radical o total (por única vez) cubierta según lo especificado en esta Póliza, para la cobertura Oncológica o en los casos de ACCIDENTES cubiertos por la Póliza, debidamente reportados a PACÍFICO SEGUROS.

XXVII. Vasectomía y Bloqueo Tubario.

XXVIII. Estudios, tratamientos o cirugías para fertilización y concepción, incluyendo pero no limitado a Histerosalpingografía, inseminación artificial o implantación de embriones in-vitro, tratamientos hormonales. Métodos anticonceptivos y las complicaciones derivadas del uso de éstos.

XXIX. Tratamiento o cirugía para optar un cambio de sexo o para mejorar o restaurar una función sexual con o sin uso de PRÓTESIS.

XXX. Tratamiento de alopecia.

XXXI. Suicidio o intento de suicidio, lesiones autoinfligidas de manera voluntaria.

XXXII. ENFERMEDADES y/o complicaciones y/o consecuencias médico-quirúrgicas ocasionadas por el consumo de alcohol, psicofármacos, drogas ilícitas y/o estupefacientes, incluyendo tratamientos de desintoxicación u otros que pudieran indicarse.

XXXIII. ACCIDENTES sufridos como consecuencia directa de consumo de alcohol, consumo de psicofármacos, estupefacientes y/o drogas ilícitas, registrado por un profesional de la SALUD en la historia clínica o documento médico o a través del examen de alcoholemia u otro que corresponda. En caso de ACCIDENTE vehicular esta exclusión sólo se aplica al conductor del vehículo. Se entiende que una persona se encuentra en estado de ebriedad si el examen de alcoholemia u otro que corresponda arroja un resultado mayor al permitido por el Reglamento Nacional de Tránsito vigente, al momento del ACCIDENTE. Para efectos de determinar el grado de ebriedad del conductor al momento del ACCIDENTE vehicular, queda establecido que se determinará en base al resultado del examen de alcoholemia u otro que corresponda y al grado de metabolización del alcohol en la sangre que deberá ser de 0.15 g/l por hora transcurrida desde el momento del ACCIDENTE hasta el instante mismo en que se practique la prueba. Igualmente, se considera que existe intoxicación cuando el examen correspondiente arroje consumo de fármacos o estupefacientes.

XXXIV. Disfunción eréctil y trastorno de la libido.

XXXV. Cirugía odontológica, ENFERMEDAD periodontal, ortodoncia, prognatismo, cirugía de encías, quistes dentales, odontología cosmética, cirugía bucal (apicectomía y similares), PRÓTESIS dentales, implantes dentales, coronas sobre implantes, ni todo lo relacionado con ellos, salvo las atenciones indicadas en el artículo de Beneficios y Gastos Cubiertos como "Gastos Odontológicos".

XXXVI. Estudios y tratamiento por problemas de la mandíbula incluyendo el SÍNDROME témporo-mandibular, cráneo mandibular, desórdenes u otras alteraciones relacionadas con la unión entre la mandíbula, el cráneo y los músculos, nervios y otros tejidos en esa articulación. (ATM – articulación temporomandibular).

XXXVII. ACCIDENTES de trabajo o ENFERMEDADES ocupacionales.

XXXVIII. Accidentes producidos a consecuencia de la práctica de los siguientes deportes o actividades notoriamente peligrosos, realizados de manera profesional, y no profesional cuando hayan sido practicados o desarrollados en competencias deportivas y que haya recibido remuneración o compensación alguna por el desarrollo o práctica de estos: conducción de automóviles o vehículos de competencia así como la participación en carreras de automóviles, motos, motonetas, bicicletas, motocross, downhill, prácticas hípicas, alpinismo o andinismo, cacería, pesca submarina o en alta mar, ala delta, parapente, puenting, paracaidismo, buceo, escalada, esquí, kayak, montañismo, rafting, rappel, snowboard, trekking, surf, windsurf, sky-surf, skateboard, mountain bike o ciclismo de montaña.

XXXIX. Lesiones sufridas en viajes aéreos, sea como piloto o tripulante o como pasajero, en aeronaves no pertenecientes a líneas regulares con vuelos e itinerarios establecidos o cuando las naves no están registradas ni autorizadas para el transporte de pasajeros.

XL. Pruebas auxiliares y/o tratamientos de los defectos de la refracción visual (excimer laser o Lasik y otros procedimientos para estudio y corrección). Suministro de lentes, monturas, lentes de contacto e intraoculares multifocales.

XLI. Chequeos médicos y descarte de ENFERMEDADES en una persona sana, salvo los chequeos médicos preventivos que se especifiquen en la TABLA DE BENEFICIOS, así como controles de ENFERMEDADES no cubiertas por esta póliza.

XLII. Lesiones o ENFERMEDADES adquiridas como consecuencia de actos de guerra, revoluciones, energía atómica o durante la prestación del servicio militar en cualquier fuerza, así como las que resulten de la participación activa en alteraciones del orden público, huelgas, motines, conmociones civiles, terrorismo, actos delictivos o criminales.

XLIII. Lesiones o ENFERMEDADES adquiridas como consecuencia de una contaminación nuclear.

XLIV. Gastos incurridos por el ABORTO ilegal y sus complicaciones.

XLV. Gastos por complicaciones o consecuencias relacionadas a DIAGNÓSTICOS o tratamientos no cubiertos por esta Póliza.

XLVI. Procedimientos de criopreservación o criogenéticos, salvo lo indicado para la cobertura PROGRAMA DE MATERNIDAD, en los términos señalados en la TABLA DE BENEFICIOS.

Tratamientos que no se consideren MÉDICAMENTE NECESARIOS.

XLVII. Tratamientos quirúrgicos y procedimientos para lesiones vasculares superficiales de extremidades (telangiectasias, hemangiomas); escleroterapia de várices.

XLIX. Pruebas diagnósticas no certificadas y tratamientos desensibilizantes para alergias.

L. Tratamiento con hormona de crecimiento o testosterona.

LI. Dispositivos para columna (incluyendo el acto quirúrgico cuyo único fin es implantarlo): del grupo de separadores interespinosos e invertebrales (Coflex, Coflex –F,Diam, DCI y similares). Procedimientos mínimamente invasivos ablativos para columna con químicos, láser o radiofrecuencia: nucleoplastía, rizotomía o neurolisis; proloterapia, ozonoterapia, biacuplastia. Cirugías híbridas de columna. Aguja seca. Sí se cubren los bloqueos radiculares o facetarios con anestésicos o corticoides.

LII. ENFERMEDADES EPIDÉMICAS que se encuentren bajo el control del Ministerio de SALUD o de cualquier otra entidad gubernamental.

LIII. Viscosuplementación para patologías articulares, excepto en osteoartrosis tibiofemoral de rodilla leve a moderada. No se cubre en condromalacia patelar ni síndrome patelo femoral.

LIV. Score de calcio para enfermedades cardiovasculares y angiotomografía coronaria para estratificación de terapia hipolipemiante.

LV. Pruebas o tests con fines pronósticos (genéticas, de imágenes o de laboratorio) intra o extrauterino.

LVI. Nuevos biológicos para hepatitis C crónica (Simeprevir, Sofosbuvir, Daclatasvir).

LVII. Para la cobertura de TRASPLANTE DE ORGANOS, adicionalmente a las exclusiones señaladas en este artículo, no se pagarán los beneficios por cualquier tratamiento, procedimiento, servicio, cirugía o suministro, en los siguientes casos:

a) Aquellas condiciones que provengan como resultado de o tengan relación a un TRASPLANTE que no sea de los órganos cubiertos o que no haya sido previamente aprobado por PACÍFICO SEGUROS.

b) Los TRASPLANTES considerados como experimentales.

c) Cuando el órgano sea considerado como equipo artificial o mecánico, o como artefactos diseñados para reemplazar órganos humanos.

d) Exámenes, evaluaciones, estudios de histocompatibilidad y pruebas de selección de posibles donantes, salvo del donante calificado.

Si un SINIESTRO que debió ser rechazado por encontrarse excluido de cobertura hubiese sido cubierto por error, PACÍFICO SEGUROS no estará obligada a continuar asumiendo el gasto por atenciones relacionadas a dicho SINIESTRO a partir de la fecha de identificación del error, debiendo informar por escrito al ASEGURADO apenas advierta el error cometido. Lo aquí señalado sólo aplicará cuando las causales de liberación se hayan descubierto con posterioridad.

Beneficios Adicionales

  • Complicaciones del embarazo: En caso la asegurada producto del embarazo requiera algún tratamiento, éste será cubierto según condiciones de la red a la cual la clínica pertenezca.
  • Enfermedades congénitas para niños nacidos en póliza y Enfermedades congénitas no conocidas y no diagnosticadas: te cubrimos cualquier enfermedad, defecto físico, desorden orgánico, malformación, embriopatía, persistencia de tejido o estructura embrionaria o fetal, que haya sido adquirido en forma hereditaria.
  • Cobertura para enfermedades del recién nacido: durante los primeros 6 meses de vida, para partos múltiples de 3 niños(as) a más.
  • Control del niño sano: Consulta al 100% al crédito durante el primer año de vida del niño.
  • Chequeos médicos preventivos pediátricos: Gratis, una vez al año, tus menores dependientes entre 1 y 17 años de edad, tienen derecho a una evaluación médica preventiva.
  • Enfermedades epidémicas: te cubrimos cualquier enfermedad infectocontagiosa que afecta simultáneamente a un gran número de la población y que sea declarada por el Ministerio de Salud epidémica.
  • Segunda opinión médica para cirugías programadas: ante la duda de si debes operarte según la indicación de tu médico, este beneficio te brinda la oportunidad de reevaluar la necesidad de la cirugía propuesta, sin costo adicional.
  • Prótesis quirúrgica: hasta S/. 15,000 excepto para prótesis externas y dentales.
  • Transporte por evacuación en territorio nacional: 
  • En casos de emergencia accidental o médico-quirúrgica: En caso de que en el lugar de atención no haya resolución médica. Hasta el límite del costo de vuelos comerciales por asiento ocupado, hasta un límite de siete asientos (vuelo nacional). Hasta S/. 5,000 por transporte. Previa coordinación y aprobación de Pacífico.
  • En caso de hospitalización (solo provincias): Sólo para casos de hospitalización donde no haya resolución médica en el lugar de la atención. Hasta el límite del costo de vuelos comerciales por asiento ocupado, hasta un límite de dos asientos (vuelo nacional). Hasta S/. 1,500 por transporte. Previa coordinación y aprobación de Pacífico. No incluye hospedaje para el asegurado ni acompañante.
  • Tratamiento para Osteoporosis: Solo con diagnóstico de osteoporosis post menopáusica por desintometría ósea.
  • Liberación de primas por fallecimiento del titular: un año a partir del fallecimiento.

Primas

 Tarifario Red Preferente

 Folleto Red Preferente

La prima que pagarás dependerá del rango de edad en el que te encuentres al momento de la facturación. Podrás realizar el pago al contado o fraccionado en cuotas.
La edad de ingreso es hasta los 65 años inclusive.